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lunes, 25 de junio de 2007

Senado estudia Ley combate agrupaciones conocidas como pandillas

El Senado estudia un proyecto de la autoría de la vicepresidente de ese organismo y representante por la provincia Santo Domingo, que tiene por objeto establecer un régimen especial y temporal para el combate legal de las agrupaciones conocidas como pandillas, las que de tiempo en tiempos causan estragos en los distintos barrios del país, y que entre otras características se marcan el cuerpo con cicatrices y tengan símbolos o señas como medio de identificación.

Para los efectos de la iniciativa de la licenciada Cristina Lizardo, se considerará como Asociación ilícita denominada Pandilla, aquella agrupación de personas que actúen para alterar el orden público o atentar contra el decoro y las buenas costumbres, y que cumplan varios o todos los criterios siguientes:

Que se reúnan habitualmente, que señalen segmentos de territorio como propio, que tengan señas o símbolos como medio de identificación, que se marquen el cuerpo de manera colectiva con cicatrices o tatuajes para significar asociación.

La presente iniciativa se aplicará a todas las personas que comentan los delitos o faltas contempladas en dicha iniciativa o en el Código Penal, dentro del territorio nacional.

Los infractores menores de edad miembros de pandillas gozarán de trata y procedimiento determinado en esta ley.

Dispone que cuando un menor comprendido entre los 12 y 18 años de edad cometa delitos o faltas contempladas en esta ley o el Código Penal y la Procuraduría General de la República advierta que posee discernimiento de adultos, solicitará al Juez que evalúe esta situación.
En caso de que el juez correspondiente considere que está en capacidad de discernir la ilicitud de las conductas e infracciones cometidas como un adulto, lo declarará como adulto habilitado y se le aplicará la legislación pertinente.

Establece que los menores de doce años de edad que sean sorprendidos en la comisión de algunos de los hechos punibles descritos en esta ley o en el Código Penal, que pertenezcan a pandillas y que después de ser evaluado por el Juez respectivo, concluya que están en capacidad de discernir la ilicitud de su conducta, se la aplicará el proceso descrito par los menores de edad.

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