lanuevacronicard.com

PARA ENVIAR NOTAS Y COLOCAR PUBLICIDAD: ramito2007@gmail.com
(RAMIRO ESTRELLA, Director)



Google

COLOQUE SU PUBLICIDAD

PROMOCIONE SU EMPRESA O PRODUCTO EN NUESTRA PAGINA. TARIFAS ECONOMICAS. CONSULTENOS A: ramito2007@gmail.com

lunes, 25 de junio de 2007

Aduanas defiende cobro ITBIS; afirma lo hace por mandato Ley 11-92

La Dirección General de Aduanas aclaró hoy que no comete ningún acto de ilegalidad ni un doble cobro al aplicar a las mercancías importadas el Impuesto a la Transferencia de Bienes Industrializados (ITBIS), ya que lo hace por un mandato de la Ley 11-92. Miguel Cocco explicó que la actuación del organismo que dirige se sustenta en lo que establece la Ley 11-92, en su artículo 339, numeral 2, en lo referente al tema de la Base Imponible para las importaciones.

Cocco señala que el citado artículo establece que “la base imponible de este impuesto será el resultado de agregar al valor definido para la aplicación de los derechos arancelarios, todos los tributos a la importación con motivo de ella”.

El funcionario precisa que el artículo 339 de la Ley 11-92 hace referencia al valor definido en aduanas, lo que equivale a decir el valor CIF que incluye Costo, Seguro y Flete, como lo establece la Ley 146-00 sobre la Reforma Arancelaria, que modifica la Ley 14-93, en el artículo 7, al que se le deben sumar todos los tributos a la importación o con motivo de ella, es decir los aranceles y selectivo, en los casos que corresponda.

El director de Aduanas expresa que no es estilo de esta administración actuar por encima de las leyes, y mucho menos perjudicar a sector alguno.

Agrega el funcionario que en Aduanas siempre se actúa con apego a las normas legales del país y a las que rigen el comercio internacional.

No hay comentarios: