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jueves, 21 de junio de 2007

Comisión de oficialias JCE inició revisión ley No.659

La Comisión de Oficialías de la Junta Central Electoral, coordinada por el Magistrado José Ángel Aquino Rodríguez ha iniciado un proceso de revisión de la Ley No.659 sobre Actos del Estado Civil, a través de una serie de consultas y talleres con los diferentes actores del proceso, especialistas en la materia y la ciudadanía en general, para hacer del Registro Civil de la República Dominicana.

un medio confiable y eficiente de garantizar la identidad nacional, ofreciendo a las personas un servicio ágil conforme los avances tecnológicos de las sociedades modernas.

En tal sentido la Junta Central Electoral realizó un taller interno de análisis y revisión de la Ley No.659 sobre Actos del Estado Civil de fecha 17 de Julio de 1944.

Dicho evento fue organizado por la Comisión de Oficialías del referido organismo, la cual se encuentra coordinada por el Magistrado José Ángel Aquino Rodríguez e integrada por los Magistrados(as) Aura Celeste Fernández Rodríguez, Leyda Margarita Piña Medrano, César Francisco Féliz Féliz y Eddy de Jesús Olivares Ortega.

El referido taller fue celebrado el pasado 19 de Junio en un hotel de la ciudad de Santo Domingo y contó con la participación de todos los Miembros Titulares de la Junta Central Electoral, así como de directores y subdirectores relacionados al área del Registro Civil.

Con las exposiciones de los Magistrados Julio César Castaños Guzmán y José Ángel Aquino Rodríguez y del Dr. Servio Tulio Almánzar Botello, Director Nacional de Registro del Estado Civil, los participantes en este evento analizaron las principales carencias y obstáculos que presenta la indicada Ley No.659 y las acciones que deben ser adoptadas por la Junta Central Electoral para mejorar el Sistema de Registro Civil en la República Dominicana.

Dentro de las principales acciones que fueron identificadas dentro de esta actividad, se encuentran: La necesidad de realizar una reforma integral de la Ley No.659, elaborando un diagnóstico de los problemas existentes en los diferentes componentes que forman la ley, revisar y actualizar los procedimientos y requisitos que exige dicha legislación para cada uno de los casos que se presentan, eficientizar el registro de nacimientos y defunciones, mejorar el funcionamiento de las delegaciones en los hospitales, priorizando en aquellas innovaciones que puedan realizarse sin necesidad de modificar la ley.

En el evento fue presentado un documento contentivo del resumen de las observaciones y opiniones sobre este tema, de treinta y dos (32) Oficiales del Estado Civil de diferentes zonas del país.

El sistema de Registro Civil en República Dominicana fue establecido por la Ley 659 sobre Actos del Estado Civil del 17 de Julio de 1944, habiendo sido objeto de algunas modificaciones.

Sin embargo, dicha pieza legislativa establece procedimientos y mecanismos que no se ajustan a los tiempos actuales, lo cual se evidencia en los casos de falsificaciones de actas del estado civil y cédulas de identidad y electoral, así como por el estado de deterioro de los libros registros que contienen las actas del estado civil, lo cual perjudica a cientos de ciudadanos que se ven imposibilitados de obtener sus documentos.

La Junta Central Electoral, como órgano rector del Sistema Nacional de Registro del Estado Civil de conformidad con lo establecido en la Ley No. 8-92, está en el deber de promover la revisión y adecuación del conjunto de normas que lo rigen a las necesidades y realidades de la sociedad dominicana.

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